REGLAMENTO DEL CONCURSO:
#NioYork

Este Reglamento (en adelante el “Reglamento”) tiene como objetivo el establecer, definir y limitar los términos y condiciones del Concurso NioYork,, que realizará y organizará Invenio para la Educación S.A. cédula de persona jurídica 3-101-560721 y, a quien en adelante y para efectos de este Reglamento se denominará como “La Universidad”.

Lo aquí dispuesto será de acatamiento obligatorio para los participantes (ver definición de Participante más adelante); quienes de manera voluntaria y en acatamiento a las presentes disposiciones, decidan participar en el Concurso realizado por la Universidad. 

La participación en el concurso implica por parte de los Participantes la aceptación de conocer y respetar estas reglas y procedimientos, los cuales tendrán carácter de definitivos respecto de la ejecución del mismo, los cuales son conocidos y aceptados como definitivos.

Cualquier violación a dichas reglas y/o procedimientos establecidos para el Concurso implicará la inmediata exclusión del Participante, sin responsabilidad alguna por parte de La Universidad.

En virtud de lo anterior, por el solo hecho de participar en el Concurso, los Participantes aceptan todas las reglas de este Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad de La Universidad. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones de La Universidad en cualquier asunto relacionado con la selección del ganador del Concurso.

El otorgamiento del premio estará condicionado al cumplimiento de todas y cada una de las leyes y regulaciones aplicables, así como lo dispuesto por este Reglamento. La Universidad se reserva el derecho de descalificar y/o exigir la devolución del premio y/o beneficio otorgado a aquel Participante que directa o indirectamente incumpla las normas y condiciones aquí establecidas.

SECCIÓN A.
DISPOSICIONES GENERALES:

Artículo A1:

Del Concurso: El presente Reglamento tiene por objeto establecer, regular, limitar y aclarar las pautas y/o condiciones bajo las cuales se regirá el concurso que lleva por nombre NIOYork” (de ahora en adelante denominado como “Concurso”), el cual pertenece y es patrocinado por La Universidad Invenio (de ahora en adelante denominado como el “Patrocinador” y/o el “Organizador”).

Artículo A2:

El presente Concurso es por tiempo definido, iniciando el día 10 de agosto del 2022 y finalizando el 22 de Febrero del año 2023 a las 11:59 p.m.  El ganador se anunciará el 28 de febrero del 2023 en los medios digitales de la Universidad y el ganador tendrá 72 horas hábiles para pronunciarse sobre la aceptación del premio. 

Artículo A3:

Podrán participar en este Concurso cualquier persona ciudadano costarricense, o extranjero que tramite su visa de estudiante en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Costa Rica; que sean estudiantes de último año de secundaria, o egresados de bachillerato en educación media.  En el caso de los estudiantes que cursen el último año de secundaria en el curso lectivo 2022, deberán haber aprobado su último año de secundaria para poder optar por el premio. 

La Universidad se reserva el derecho para descalificar del Concurso o de exigir la devolución del premio que sea otorgado en virtud del presente Reglamento, cuando existan razones fundadas para afirmar que el participante alteró información sobre los requisitos que debe cumplir.

Artículo A4:

Los siguientes términos iniciados con mayúscula y definiciones utilizadas en este Reglamento, tendrán el significado establecido en el entendido que dicho significado será aplicable tanto a la forma singular como plural del mismo.

  • “Participante” significa cualquiera de las personas físicas que participen en el Concurso con las limitaciones del Artículo A3, de este Reglamento.
  • “Datos Personales” significa los datos que cada Participante deberá registrar en el formulario de inscripción al Concurso los cuales son (i) Nombre y apellidos, (ii) Teléfono celular, (iii) Correo electrónico, (iv) Carrera de interés (v) Año de secundaria y (vi) Colegio de procedencia.  Dicha información será utilizada únicamente por la Universidad para los efectos de la Base de datos y Concurso, situación que consienten los estudiantes, o en el caso de ser menores de edad sus padres de familia o encargados.

 

  • Premio: En este Concurso existe 1 premio que consta de:

Un tiquete aéreo San José – New York- San José para una persona, para ser utilizado en temporada baja en las fechas indicadas por la Universidad y en la aerolínea que la Universidad seleccione, una entrada al MET Museum, una entrada al Museo de Historia Natural y una entrada al observatorio “Top of the Rock”.

Generalidades del premio: El premio solo incluye el tiquete aéreo en clase turista ida y vuelta de San José, Costa Rica a New York, EEUU y la entrada a tres sitios turísticos mencionados en el Artículo A4. Los trámites y costos del pasaporte o de permisos de salida por ser menor de edad en la Dirección General de Migración y Extranjería y los costos por el trámite de la Visa Americana, o cualquier otro documento de viaje corren por cuenta del ganador. Todo trámite ante estos entes debe ser realizado personalmente por el ganador y en caso de ser menor de edad por sus padres o encargados legales. No incluye costos adicionales por pérdida del vuelo, cambios de fechas de viaje, cargos adicionales por sobrecarga de maletas ni ningún otro costo adicional por impuestos o viáticos del viaje*.

Los gastos que implique el viaje por pólizas de cualquier tipo incluyendo póliza de salud, traslados terrestres, hospedaje, alimentación, compras u otras atracciones turísticas, no se incluyen en el premio, tampoco gastos imprevistos de hotel como teléfono, mini-bar, lavandería, servicio de habitaciones, daño a la propiedad del hotel o cualquier otro gasto incurrido en el hotel.   Para poder optar por el premio los estudiantes egresados del curso lectivo 2022 deberán haber aprobado su último año de secundaria. 

Artículo A5: Para mayor información o consultas sobre este Reglamento se puede escribir por WhatsApp al número (+506) 8713 9351. El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en https: //somosdual.org/newyork/, durante la vigencia del presente Concurso. Para efectos de la comunicación de este Reglamento el material promocional establecerá la siguiente leyenda: «Concurso exclusivo de Universidad Invenio. Válido hasta el 22 de Febrero del 2022. Aplican condiciones. Ver Reglamento de la promoción en https:// https://somosdual.org/newyork/

SECCIÓN B.
MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN Y CONDICIONES:

Artículo B1:

Para participar en el presente Concurso, es necesario que el Participante conozca y acepte anticipadamente las condiciones, requisitos y limitaciones establecidas en este Reglamento, las cuales serán explicadas en caso de ser necesario, por los asesores de servicio de Universidad Invenio debidamente identificados. Esta aceptación quedará en firme mediante la realización de su inscripción. Igualmente, el presente Reglamento, estará a disposición en la página del reglamento. Cualquier violación al presente Reglamento y/o a los procedimientos, mecánica y sistemas de aplicación del Concurso, implicará la inmediata exclusión del Participante en el Concurso y la revocación de cualquier derecho o premio otorgado.

Artículo B2:

Durante el período de vigencia de este Concurso, debidamente delimitado en el Artículo A2 de este Reglamento, las personas interesadas en participar de manera voluntaria en el Concurso, podrán hacerlo en la modalidad descrita en los Artículos siguientes.

Artículo B3:

Durante el plazo de vigencia del presente Concurso, los Participantes que deseen obtener el premio, lo harán de la siguiente manera: 

-Llenar el formulario que aparece en la página https://somosdual.org/newyork

– Seguir las redes sociales de la Universidad en Instagram y/o Facebook

– Compartir el post de #NioYork que verás en nuestras redes sociales, etiquetar a @uInvenio y a 3 amigos

– Aumentarán sus oportunidades de ganar los participantes que matriculen una carrera de licenciatura en la Universidad Invenio para ingresar a estudiar en el primer trimestre del año 2023.

Artículo B4:

Condiciones para participar.

  • El participante deberá dirigirse al enlace https://somosdual.org/newyork/  para realizar la inscripción donde completará los siguientes datos personales: Nombre y apellidos, Teléfono celular, Correo electrónico, Carrera de interés,  Año de secundaria y Colegio de procedencia.
  • El ganador del Concurso debe contar con Visa Americana aprobada.
  • En caso de resultar ser el ganador del premio, autoriza a la Universidad Invenio a utilizar fotografías o videos para los fines que la Universidad considere convenientes. En el caso de ser menor de edad, su encargado o encargada legal debe firmar una autorización con: nombre, número de cédula y firma donde autoriza a La Universidad para hacer uso de las fotografías y/o vídeos.
  • En caso de ser menor de 18 años, debe contar con autorización del padre, madre o encargado para realizar la inscripción del Concurso. Si  el estudiante -menor de edad- emite la inscripción sin permiso de su encargado o encargada legal, la inscripción no se tomará en cuenta para el Concurso. 
  • Previo al viaje, el ganador debe averiguar y cumplir con todos los requisitos para viajar e ingresar legalmente al destino final.
  • Son responsabilidad única y exclusivamente del ganador las acciones y omisiones durante el viaje de cualquier acompañante designado por el Participante.
  • El viaje se considera renunciado si el Participante ganador no puede viajar el día estipulado por La Universidad para dicho viaje.
  • El no cumplimiento de las obligaciones precedentes implicará la renuncia al premio.

Artículo B5:

Aquellos participantes que no cumplan con alguno o algunos de los requisitos indicados en este Reglamento, serán excluidos como elegibles. Igualmente, si los datos consignados no son claros y no permiten identificar al Participante.

Artículo B6:

Para la designación del premio, el ganador será el participante que durante el período de la promoción haya cumplido con lo indicado en el Artículo B3, y será elegido al azar, la Universidad creará una base de datos para el sorteo. Dicha base de datos será alimentada con los ingresos de los datos realizados por parte de cada participante. Una vez conformada la base de datos con todos los ingresos, se les asigna un identificador único. Los números de ingreso son únicos y no se repiten. Así conformada la base de datos con todos los ingresos que se registren durante el Período, se ejecutará una función propia “RANDOM”, que arroja un número aleatorio en base a la cantidad de ingresos. Ese número aleatorio corresponde al correlativo del ingreso ganador.

El sorteo será llevado a cabo en las oficinas de la sala de ventas de la sede de Invenio Heredia, ubicada en Santa Verde, en la ciudad de La Aurora de Heredia, Costa Rica y será fiscalizado ante la presencia de un notario público autorizado. 

Si una vez notificado por la Universidad  y dentro de las 72 horas hábiles siguientes a dicha notificación, el Participante ganador del premio sorteado no se hiciera presente en las oficinas de la Universidad para reclamar su premio, dicho premio será automáticamente adjudicado a un suplente. El suplente sorteado deberá hacerse presente en oficinas mencionadas anteriormente; también dentro de las 72 horas hábiles de la notificación para reclamar su premio, si no lo hace, el concurso se declara desierto.

Artículo B7:

El/la favorecido/a con el premio de acuerdo al Artículos B3, según lo establecido en el Reglamento el beneficio será aplicado en temporada baja según fechas indicadas por la Universidad para el año 2023, el beneficio no puede ser cedido, no puede ser canjeado por efectivo y aplica para viajar en el año 2023.  

El/la ganador/a deberá realizar el viaje durante la vigencia mencionada en el párrafo anterior. De no hacerlo, perderá el derecho al mismo, no pudiendo reclamar a La Universidad la pérdida de dicho premio.

En caso de haber aceptado el premio, pero por la circunstancia que sea, se negase a recibirlo o a culminar el trámite respectivo, el favorecido perderá su derecho al premio. De éstas circunstancias se levantará un Acta Notarial a discreción de La Universidad.

Artículo B8:

Con el fin de poder hacer público los resultados de la Promoción, a decisión y discreción de La Universidad, el participante que resulte favorecido con el Premio, autoriza de manera irrevocable expresamente a La Universidad, para que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores al Concurso, como entrega y recibo del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, por lo que al participar se adhieren a las regulaciones del presente Reglamento, no pudiendo negarse a la divulgación de su información y derecho de imagen, para lo cual firmará un consentimiento informado; que en el caso de ser menor de edad el mismo debe venir con el nombre, número de cédula y firma del padre de familia o encargado.

SECCIÓN C.
RESTRICCIONES Y LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD:

Artículo C1:

El presente Concurso aplica sólo para el Concurso «NIOYORK» 2022.

Artículo C2:

Las ilustraciones y/o fotografías utilizadas en las publicaciones del Concurso son únicamente de carácter comercial, sin embargo, las referentes al premio corresponden a la realidad y características del mismo especificadas en el Artículo A4 punto 3.

Artículo C3:

La Universidad podrá modificar, reducir, ampliar, extender, suspender o terminar anticipadamente este Concurso, en forma inmediata, sin responsabilidad alguna de su parte, de forma total o parcialmente, indefinida o definitivamente, si se produce alguna causa de fuerza mayor o caso fortuito que así lo amerite. Asimismo, por razones comerciales o de conveniencia, podrá igualmente modificar, suspender o terminar en los mismos términos este Concurso, a su entera y total discreción, sin necesidad de que medie previo aviso más que aquel que se publique en los medios de comunicación y publicidad que la Universidad estime convenientes, o en sus oficinas de Atención al Cliente.

Artículo C4:

La responsabilidad de la Universidad culmina con la entrega del Beneficio descrito en el Artículo A4-punto 3 y no se responsabiliza por ningún tipo de accidentes, muerte, enfermedades o gastos médicos, conducta y mal comportamiento en los que puedan ocurrir por el uso y disfrute del Beneficio.

Artículo C5:

Si  el participante que resultare ganador no canjea su premio dentro del plazo indicado en el presente Reglamento, dentro de las fechas indicadas, se tendrá como renuncia voluntaria su derecho de reclamo del premio. El Participante ganador no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente, lo cual cada Participante acepta al adherirse voluntariamente en la participación del Concurso. De presentarse dicha situación, la Universidad queda autorizada para la selección de un ganador suplente según corresponda.

Asimismo, en casos especiales que lo ameriten, a decisión de la Universidad, de estas circunstancias se levantará un Acta Notarial que haga constar cualquier hecho fuera de lo previsto en el presente Reglamento.

Artículo C6:

En caso que resultare Ganador y por la razón que fuere, ya sea que no cumpla con las restricciones y condiciones aquí reguladas, o bien por voluntad propia no acepte el Premio, no podrá reclamar a la Universidad suma indemnizatoria alguna o un premio de consolación.

  • El Concurso y los Participantes están sujetos a los requisitos, condiciones y restricciones de este Reglamento.
  • Ante cualquier situación de caso fortuito o fuerza mayor, la Universidad podrá suspender total o parcialmente el Concurso, sin que se genere responsabilidad alguna por dicha suspensión.
  • La Universidad no se hará responsable por los gastos colaterales que implique para el Participante al realizar las diligencias para hacer efectivo el premio. Estos gastos colaterales se refieren a: costo de llamadas, preparación de documentos, copias, trámites migratorios, pólizas, costo de transporte, entre otros.
  • La Universidad se reserva el derecho de suspender los beneficios de este Concurso en aquellos casos en que se determine que los beneficios del mismo han sido aplicados mediante engaño, fraude u otra actividad ilegal.
  • La mecánica de este Concurso, así como la Propiedad Intelectual derivada de la misma, son propiedad exclusiva de la Universidad Invenio.
  • La responsabilidad de la Universidad culmina con la entrega del Premio correspondiente al Participante favorecido, por lo que la Universidad es responsable únicamente por la entrega del premio indicado en este Reglamento.
  • El ganador del premio será el único responsable por el uso y disfrute que le dé al mismo.
  • La Universidad no será responsable ante eventuales intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo del Concurso, por lo que en caso de detectarse alguna situación similar se procederá a suspender dicho Concurso.
  • Suspensión del Concurso: La Universidad se reserva el derecho de suspender el Concurso temporal o definitivamente en caso de comprobarse la existencia de asignación o reclamo de premios en forma fraudulenta, así como en casos de fallas técnicas, o cualquier otro evento fuera del control razonable de la Universidad. La alteración de documentos e información sobre los Participantes, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño del Concurso y las acciones que a juicio de la Universidad sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio al Concurso o a la Universidad podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
  • Información personal: La totalidad de la información proporcionada por los participantes pertenecerán a la Universidad. Los participantes, al aportar sus datos, autorizan el acceso a dicha información por parte de la Universidad y su inclusión en una base de datos si a bien lo tuviese la Universidad, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la Universidad, así como cualquier fin comercial que no esté prohibido.
  • Relación entre las partes: Ninguna disposición del presente Concurso se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante del  Concurso, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante, o agente de la Universidad. Con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
  • Los Participantes reconocen que la Universidad no recopilará ni dará tratamiento a información de datos personales sensibles. Se utilizarán los datos que se le soliciten al participante y a los que la ley faculta a La Universidad a solicitar.
  • En lo relativo al respeto del derecho de autodeterminación informativa que asiste a las personas, la Universidad informa a todos los participantes del Concurso de la existencia de una base de datos donde se recopilarán los datos personales que sean solicitados en el presente Concurso.
  • La información contenida en la base de datos que pueda tener por parte del Concurso será de uso exclusivo de la Universidad. Los participantes declaran haber sido informados de las condiciones sobre protección de datos personales anteriormente descritas, aceptando y consintiendo el tratamiento automatizado de los mismos por parte del Organizador, en la forma y para las finalidades indicadas en este apartado.
  • La Universidad no se responsabiliza por el premio de la Promoción ni por los procesos judiciales, extrajudiciales o de cualquier otra índole que puedan ser instaurados en relación a un reclamo de cualquier tipo de responsabilidad o por los daños o perjuicios que puedan resultar por hechos acontecidos durante o como consecuencia del uso y disfrute de cualquier de la Promoción, así como relacionados con la calidad, garantías por daños, pérdidas o perjuicios ocasionados por el uso y disfrute del premio.
  • Al participar en esta Promoción, los Participantes, en nombre propio y en nombre de sus familiares directos (cónyuge, padres, hijos y hermanos y sus respectivos cónyuges) aceptan liberar de toda responsabilidad a Invenio para la Educación S.A., y sus respectivos funcionarios, representantes, directores, empleados y agentes, contra todas y cualquiera de las obligaciones y daños de cualquiera naturaleza (directa, indirecta o emergente), incluidos, entre otros, daños personales, muerte o daños materiales, que resulten de o surjan de la participación en la Promoción, o la aceptación, posesión, uso o goce del premio, cualquier actividad de viaje (si alguna) o relacionada con el viaje, o cualquier acontecimiento o combinación de acontecimientos relacionados con la Promoción.
  • No podrá participar de esta Promoción personal dependiente perteneciente a la Universidad, sus cónyuges, parientes en primer ni segundo grado ni sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o personal perteneciente a la agencia de publicidad involucrada en la producción de esta promoción.

Para mayor información o consultas sobre este Reglamento, los Participantes podrán enviar un mensaje privado al perfil de Facebook de Universidad Invenio, así como consultarlo directamente en el centro de Servicio al Cliente de la Universidad. El presente Reglamento estará disponible en su totalidad para el conocimiento e información de todo el público en general y consumidores, en Servicio al Cliente en la Universidad, durante la vigencia del presente Concurso.

SECCIÓN D.
JURISDICCIÓN COSTARRICENSE:

Artículo D1:

El presente Concurso es regulado por la jurisdicción de Costa Rica. Los participantes, entienden y aceptan que el Reglamento del Concurso se rige bajo las leyes de Costa Rica.

SECCIÓN E.
DERECHOS DE AUTOR:

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